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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316295
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 45
CERVEZA, LICENCIA PARA VENTA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 45
El requisito de ser el solicitante de una licencia o traspaso, mexicano por nacimiento, según el reglamento para la venta y consumo de cerveza en el Distrito Federal, que entró en vigor a partir del 21 de diciembre de 1951, debe estimarse correctamente aplicado y obligatorio, en el momento de otorgarse la licencia correspondiente, aunque la solicitud se hubiere hecho con anterioridad, cuando el reglamento respectivo no exigía dicho requisito; sin que pueda alegarse que tal observancia sea aplicación retroactiva de la ley.
Precedentes
Amparo en revisión 2225/55. Liborio Aristia. 4 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.