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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316328
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 257
MESONES. SON ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 257
Si bien es cierto que el artículo 5o. del Reglamento de Hospedajes del Distrito Federal, no hace mención específica de "mesones", esto no impide que sean considerados como establecimientos de hospedaje, y que les sean aplicables a las reglas que se establecen en dicho ordenamiento, ni que estén excluidos de reglamentación, ni cabe invocar la falta de mención específica de ellos, para pretender que no rijan respecto a su funcionamiento las disposiciones del citado Reglamento.
Precedentes
Amparo en revisión 619/56. Elisa Ponce Valdespino. 25 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.