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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316330
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 267
AVALUO BANCARIO PARA PAGO DE IMPUESTO PREDIAL, POR RENTABILIDAD (LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL DE 1934).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 267
Si la Ley de Hacienda de 1933 constituye base impositiva más favorable para el causante de impuesto predial, con respecto a la vigente en 1934, es de aplicarse el principio tributario de que debe estarse a la ley más favorable, en cuanto a la eficacia de los avalúos bancarios, presentados con anterioridad, y con base en los cuales se ha pagado el impuesto.
Precedentes
Revisión fiscal 40/56. Eva Chena de Morales. 26 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño.