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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316333
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 337
QUEJOSO, PERSONALIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 337
No pueden estimarse personas extrañas al procedimiento administrativo quienes, aun sin ser deudores directos del fisco, son llamados al procedimiento o juicio fiscal, si se cumplen las exigencias establecidas por los artículos 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación.
Precedentes
Amparo en revisión 785/56. Claudio Elizondo Martínez. 7 de mayo de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.