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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316353
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 558
DOCUMENTOS, (RECIBO DE AVALUO).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 558
La simple circunstancia de que en un juicio fiscal ostente la copia de un avalúo el sello de la Oficina de Correspondencia y Archivo dependiente del Departamento del Distrito Federal, no prueba que el original de dicho avalúo haya sido recibido por el destinatario; pues no lo expresa así el expedido sello; y aunque lo expresara, mientras no se trate de un acuse postal de recibo o de otra prueba equivalente, la pura afirmación de las oficinas interesadas no puede producir plena evidencia respecto a que realmente se hizo la notificación fiscal relativa.
Precedentes
Revisión fiscal 183/55. David Rosales. 18 de junio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.