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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316362
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 670
AMPARO PROCEDENTE (ACTO RECLAMADO).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 670
Dentro de la técnica del juicio de amparo, no es necesario combatir, en todo caso, todos los ordenamientos legales en que diga la autoridad responsable que apoya su determinación al dictar el acto reclamado, puesto que es suficiente con que se alegue y pruebe la falta de fundamentación de los actos combatidos, o la inexacta aplicación de los preceptos en que se apoye la responsable.
Precedentes
Revisión fiscal 1423/56. Jorge Suárez Tinajero. 25 de junio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.