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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316363
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 670
SELLOS OFICIALES, DESTRUCCION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 670
La destrucción de sellos oficiales no es imputable al causante cuyo establecimiento se ha adoptado esta medida de clausura temporal, si la conservación de aquéllos no está propiamente al alcance del responsable, por encontrarse los mismos en recinto sujeto a temperatura baja y en atmósfera constantemente húmeda, razón por la cual el alambre que haya sujetado los sellos se rompió por corrosión, sin que sea imputable tampoco al causante no haber dado el aviso correspondiente, puesto que no pudo saber el momento en que los sueldos se desprendieran.
Precedentes
Revisión fiscal 6373/55. Cervecería Central, S.A. 25 de junio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.