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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 753
JUICIO FISCAL, PRUEBAS EN LA AUDIENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 753
Si las responsables han tenido conocimiento oportuno de la audiencia de las pruebas y fueron citadas para asistir a ella, en el juicio fiscal, no puede admitirse, por no haber precepto legal que lo ordene, que la Sala sentenciadora hubiera estado obligada a continuar ordenando la práctica de la diligencia de inspección judicial hasta que se lograra la comparecencia de quien la solicitó, porque ello equivaldría a que la autoridad juzgadora se constituyera en parte y aportara la prueba que incumbe rendir a quien la ofreció.
Precedentes
Revisión fiscal 250/55. Cía. Negociadora de Casas y Terrenos, S.A. 29 de junio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.