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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316389
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 257
LEY FORESTAL, DEROGACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 257
Si el ordenamiento forestal se compone de la ley y del reglamento, y el Decreto derogatorio de 31 de diciembre de 1951 se refiere con precisión a la primera solamente, no deben hacerse extensivas las disposiciones derogatorias al segundo, en atención a que el decreto es suficientemente claro en su redacción, y no procede interpretarlo ni concederle alcance que no tiene.
Precedentes
Amparo en revisión 4915/55. José Alvarez García. 20 de enero de 1956. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.