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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316407
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 313
IMPUESTO PREDIAL, BASE INADECUADA PARA FIJAR EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 313
Si la constancia del avalúo ofrecida como prueba por la Tesorería del Distrito Federal dice que existen dos comercios para ser rentados, pero no demuestra que lo estuvieren al practicar la diligencia que sirvió de base para fijar el impuesto predial respectivo, debe concluirse que faltando la prueba del arrendamiento de toda la casa, procede nulificar el impuesto señalado.
Precedentes
Revisión fiscal 261/55. Emilio Hernández Arroyo. 27 de enero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.