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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316443
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 466
TERRENOS BALDIOS. DICTAMEN DE LA DIRECCION CONSULTIVA Y DE LEGISLACION DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA. SOBRE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 466
El dictamen emitido por la Dirección Consultiva y de Legislación de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, sobre Terrenos Baldíos carece de valor, como acto propio de la responsable, ya que supone la misma violación de garantías que se hizo valer por los quejosos contra el acto reclamado, o sea, la aplicación con efectos retroactivos, de la Ley de Terrenos Baldíos, Nacionales y Demasías. De manera que tal dictamen, malamente podría servir de fundamento al acto reclamado, ya que resulta violatorio de las garantías individuales consagradas por los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal.
Precedentes
Amparo en revisión 1931/52. Luis Tamez y Coag. 7 de febrero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.