Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/316462
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316462
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 607
ACTOS NO FUNDADOS EN LEY AMPARO CONTRA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 607
Los actos no fundados en ley sólo pueden ser combatidos mediante el juicio de garantías, puesto que si, atento el ordenamiento legal que pudieran haber fundado tales actos, cupiera contra ellos algún recurso ordinario, la respectiva responsable al no expresar tal fundamento, deja sin base a la parte afectada, que en el caso viene a ser la demandante de la protección constitucional, para hacer valer dicho recurso.
Precedentes
Amparo en revisión 2224/55. Concepción Aguilar Mayén. 13 de febrero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.