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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316468
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 618
REGLAMENTOS GUBERNATIVOS, NO SON LEYES LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 618
Los reglamentos gubernativos expedidos por el C. presidente de la República en uso de la facultad que le otorga la fracción I del artículo 89 constitucional, no pueden equipararse a una ley, en virtud de que no emanan del Poder Legislativo ni tampoco fueron expedidos por el Ejecutivo Federal, en uso de facultades extraordinarias, que se le hubieran concedido para legislar en la materia.
Precedentes
Amparo en revisión 5389/55. José Orozco Zúñiga. 13 de febrero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.