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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316476
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 650
MEDIAS NYLON, EQUIPOS RECTILINEOS Y CIRCULARES PARA FABRICACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 650
No ha carecido de fundamento y motivación el acto reclamado, si la instalación, ampliación y substitución de equipos para media nylon debe hacerse con máquinas de tipo rectilíneo, como lo previenen las disposiciones reglamentarias aplicadas por la Secretaría de Economía, quedando excluido el empleo de las de tipo circular o de cualquier otro, por lo que habiendo las responsables aplicado en su términos las disposiciones citadas, sin que pueda juzgarse de la constitucionalidad de éstas por no haber sido señaladas como actos reclamados y no estarse en el caso de poder suplir la deficiencia de la demanda en este aspecto, aunque la quejosa comprobó por medio de certificación expedida por la propia Secretaría de Economía que ésta tiene registradas diez fábricas de medias nylon con máquinas circulares, lo cual pone de manifiesto la falta de equidad de las responsables al dar un diverso trato a la quejosa; en el caso no se trata de juzgar de la legalidad de esos registros, sino tan sólo de la referente al acto reclamado que, como se indica no ha carecido de fundamento y motivación.
Precedentes
Amparo en revisión 1473/55. Medias Real Elastic, S. de R. L. 15 de febrero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.