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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316519
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 876
REGLAMENTOS GUBERNATIVOS. NO SON LEYES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 876
Los reglamentos gubernativos, expedidos por el C. Presidente de la República en uso de la facultad que le otorga la fracción I del artículo 89 constitucional, no pueden equipararse a una ley, en virtud de que no emanan del poder legislativo, ni tampoco fueron expedidos en uso de facultades extraordinarias que se le hubieran concedido al mismo C. Presidente, para legislar.
Precedentes
Amparo en revisión 6400/55. Luz Lujano Reynoso. 12 de marzo de 1956. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.