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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316550
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 124
SEGUROS, INTERES JURIDICO DE LAS COMPAÑIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 124
Las compañías de seguros sí tienen interés jurídico en obtener la nulidad de una resolución que niega la exención del pago del impuesto de traslación de dominio causado por la compra de un inmueble, en virtud de que tales resoluciones se producen en contestación a las solicitudes que hacen los notarios a nombre de las partes contratantes; porque la escritura pública que contiene la citada operación no produce efectos respecto de terceros mientras no se pague dicho impuesto o se obtenga su exención; y finalmente, porque de acuerdo con el artículo 445 de la Ley de Hacienda del Departamento del D.F., la compañía compradora es deudora solidaria respecto del pago de dicho impuesto.
Precedentes
Revisión fiscal 101/55. Tesorería del Distrito Federal. (Seguros Independencia). 10 de octubre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: José Rivera Pérez Campos.