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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 381
INGRESOS MERCANTILES (INEXISTENCIA DE COMISION).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 381
De acuerdo con el artículo 274 del Código de Comercio, para que exista contrato de comisión es necesario que se haga constar con todos sus elementos por escrito y no es suficiente la existencia de cartas en las que para fijar el sueldo de una persona se diga que se le pagará un tanto por ciento como comisión, ya que dichas cartas no llenan todos los requisitos del aludido contrato, además de que la propia Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, expresamente establece que no se causará el mismo en aquellos casos en que el sueldo o sobresueldo se fije en forma de comisiones o corretajes.
Precedentes
Revisión fiscal 17/55. Secretaria de Hacienda y Crédito Público (Enrique Orozco Vargas). 7 de noviembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.