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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316581
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 453
VIAS GENERALES DE COMUNICACION. CANJE DE PERMISOS ESTATALES POR FEDERALES PARA LA EXPLOTACION DE CAMINOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 453
Para que proceda el canje de los permisos estatales por federales es requisito, y basta, que se acredite que el camino de que se trata haya estado bajo la jurisdicción de algún Estado de la Federación, atentos los términos del artículo 72 del Reglamento de Explotación de Caminos, de la Ley de Vías Generales de Comunicación; sin que obste que el respectivo Gobierno del Estado los haya cancelado, ya que el artículo 72 citado tiende a resolver la situación de quienes, prestando servicio de transporte, con autorizaciones estatales, pudieran quedar excluidos de ese medio de vida, en el evento a que dicho precepto alude; y para el cual previene el remedio correspondiente.
Precedentes
Amparo en revisión 1705/54. Transportes del Norte México- Laredo y Anexas. 14 de noviembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.