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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
316623
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 890

AUTORIDADES FISCALES, AFIRMACIONES DE LAS, CONTENIDAS EN LA CONTESTACION DE LA DEMANDA. NO GOZAN DE LA PRESUNCION DE VALIDEZ PREVISTA EN LA FRACCION IV DEL ARTICULO 201 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 890

Precedentes

Revisión fiscal 226/55. Tesorería del Distrito Federal (Fernando Lascuráin Flores). 12 de enero de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Registro digital (IUS): 316623