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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 168
NOTIFICACIONES FISCALES, PRUEBA DE SU LEGALIDAD.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 168
Aunque es cierto que a los actos administrativos les favorece la presunción de legalidad, si son impugnadas unas notificaciones, se requiere que la autoridad demandada exhiba pruebas bastantes para acreditar la legalidad de sus actos, en los términos del artículo 207, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación.
Precedentes
Revisión Fiscal 141/54. Tesorería del Distrito Federal (Curiel Longoria Gustavo). 6 de julio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Felipe Tena Ramírez.