Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/316650
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316650
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 245
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. SUS RESOLUCIONES SON DEFINITIVAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 245
El Código Aduanero no establece procedimiento alguno mediante el cual pueda obtenerse la revocación o modificación de las resoluciones dictadas por la Dirección General de Aduanas, por lo que éstas deben considerarse definitivas.
Precedentes
Revisión Fiscal 114/54. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Unión de Crédito Agrícola de Matamoros, S.A. de C.V.). 7 de julio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rafael Matos Escobedo. Ponente: Mariano Azuela.