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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 599
INGRESOS MERCANTILES, IMPUESTO SOBRE (MANIFESTACIONES GLOBALES).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 599
Si la Tesorería del Distrito Federal consultó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que se definiera si las manifestaciones de la actora fueron presentadas en forma global o en forma individual, y al recibir la contestación a dicha consulta, le giró oficio a la misma actora en el cual le comunica que la Dirección General de Impuestos sobre Ingresos Mercantiles, de acuerdo con lo resuelto por la Secretaría de Hacienda, le concede un plazo para que presente declaraciones anuales por los ingresos percibidos en cada una de sus sucursales, en forma independiente, en tal virtud, resulta muy claro que si la actora ha presentado dentro de dicho término sus declaraciones, resulta inconducente la multa que se le imponga, porque no ha habido violación de los artículos 27 y 31, fracción IV, de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles vigente.
Precedentes
Revisión fiscal 96/55. Tesorería del Distrito Federal (Distribuidora Modelo, S. de R.L.). 20 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.