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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316699
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 791
TERCEROS EXTRAÑOS AL PROCEDIMIENTO FISCAL (AMPARO PROCEDENTE).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 791
La simple afirmación del notificador no es bastante para dar por probada la identidad de dos personas, sobre todo si, tanto el acta de embargo como el emplazamiento respectivo, consignan que el deudor es uno y la diligencia se entendió con otro, embargándose bienes de la propiedad de este último; circunstancias en las cuales el embargado, en su carácter de tercero ajeno al procedimiento impugnado, no tiene que agotar previamente los recursos ordinarios, ni pudo hacerse sabedor del procedimiento, sino hasta que conoció el embargo y el emplazamiento mencionados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1601/55. Chi Wah Nin Fernando. 27 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.