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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316720
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 876
SEGURO SOCIAL, CLASIFICACION DE EMPRESAS PARA LOS EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 876
Si la actividad del quejoso consiste en dedicarse al alquiler de sillas, vajillas y toldos, y sólo en forma accesoria aparece que tenía un taller para la reparación de los mismos implementos que alquilaban y, de modo concreto, de los muebles respectivos, no se justificaría de ninguna manera, dadas tales circunstancias, la clasificación de la empresa del reclamante como carpintería y ebanistería, en lugar de empresa dedicada al alquiler de sillas, vajillas y toldos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5224/54. Pavía Crespo Joaquín. 29 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.