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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316728
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 950
LEYES, AMPARO CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 950
El hecho de que en el juicio de garantías se hubiera señalado cierto oficio como acto concreto de aplicación de las leyes combatidas, no impedía que las responsables rindieran prueba tendiente a demostrar que la agraviada había dejado transcurrir el término legal para combatir las leyes y que el expresado oficio no era sino un recordatorio de la liquidación que ya le había sido notificada con anterioridad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1083/55. Ibarra de Magallón Nelly. 1o. de agosto de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: José Rivera Pérez Campos.