Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/316731
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316731
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1036
PRUEBA PERICIAL EN MATERIA FISCAL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1036
No tratándose de una cuestión de carácter técnico, sino de derecho, la Sala a quo no tuvo por que recurrir a la prueba pericial rendida en autos, para resolverla.
Precedentes
Revisión fiscal 5/53. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Banco Nacional de Fomento Cooperativo, S.A. de C.V.). 2 de agosto de 1955. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Angel González de la Vega no votó en el asunto, por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Felipe Tena Ramírez.