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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316742
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1215
COOPERATIVAS, PRUEBA CONFESIONAL EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1215
La confesión sólo produce efecto en lo que perjudica al que la hace y no en lo que le beneficia; por tanto, confesado un hecho por uno de los miembros del consejo de administración de una cooperativa, aun cuando los otros declaren en contra de lo dicho por los primeros, sus declaraciones no tienen efecto, y por consiguiente, la confesión de los primeros, como funcionarios de la cooperativa, tiene valor probatorio pleno, a pesar de que los otros miembros del consejo no hayan rendido también dicha prueba.
Precedentes
Amparo civil directo 5109/53. Cooperativa de Consumo"Obreros Unidos de Palau", S. C. L. 8 de agosto de 1955. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Gabriel García Rojas no votó en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.