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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316801
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1663
LIBROS DE CONTABILIDAD, VALOR PROBATORIO DE LOS, EN MATERIA FISCAL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1663
Si la Sala del Tribunal Fiscal tomo en cuenta el resultado de la prueba pericial que, a su vez, tuvo por base la contabilidad del causante, es inexacta la afirmación de que tal contabilidad carece de valor probatorio, pues la misma Ley del Impuesto sobre la Renta y su reglamento aceptan ese medio de prueba en varias de sus disposiciones, a menos que su contenido pueda resultar falso, y si ni se han objetado por ese concepto los documentos que los peritos tuvieron en cuenta para emitir su dictamen, ni hay prueba que los contradiga, el agravio relativo resulta infundado.
Precedentes
Revisión fiscal 59/50. Secretaría de Hacienda y Crédito Público ("San Alfonso", S. A.). 24 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.