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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316821
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1724
RECLAMACION, ERROR EN LA DENOMINACION DEL RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1724
Aun cuando el recurrente lo denomine "reconsideración", recurso éste que no existe en la ley, sino el de reclamación, aquélla denominación no influye en la procedencia del recurso, si se refiere a la inconformidad con el acuerdo que se combate.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2227/55. Ornelas Martínez Roque. 26 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.