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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316837
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1822
PLANIFICACION, INDEMNIZACION POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS CON LA EJECUCION DE OBRAS DE (EFECTOS DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1822
Si se reclama en amparo la demolición de un muro de retención impeditivo, la apertura de una calle y el establecimiento de una servidumbre legal de desagüe sobre un predio, y las autoridades responsables, sin facultad para ello, ejecutaron dichos actos, debe concederse el amparo para el solo efecto de que el Estado pague una indemnización a la parte agraviada por los daños y perjuicios que se le hayan ocasionado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1633/54. Lavaca Corta de Pérez Marcelina. 31 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.