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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316940
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 182
ARRENDAMIENTO, INCONSTITUCIONALIDAD DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, QUE GRAVA EL CELEBRADO POR SOCIEDADES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 182
La intención clara del legislador no fue gravar en general los ingresos provenientes de arrendamientos de bienes inmuebles que se pacten como actos mercantiles o por cualquier clase de comerciantes, sino sólo la de gravar los ingresos que obtengan por este concepto la sociedades mercantiles, inclusive los provenientes de contratos de los que se llegara a demostrar que el acto de su celebración tuviera una exclusiva naturaleza civil. Salta a la vista, por tanto, que el sistema establecido por los artículos 1o. y 2o. de la Ley del Impuesto sobre la Renta es roto por el diverso 24 de la misma, en cuanto éste puntualiza que las expresadas sociedades deben pagar el impuesto sobre la renta en cédula I por los ingresos provenientes del arrendamiento de inmuebles. Ello viene a significar, que no causan dicho impuesto las demás personas que no sean sociedades mercantiles; lo cual evidencia que las citadas sociedades quedan colocadas en su plano de desigualdad con relación a las demás personas, ya sean físicas o sociedades civiles, que perciban la misma clase de ingresos. De aquí la conclusión de que el impuesto de que se trata es contrario a los principios establecidos por el artículo 31, fracción IV, constitucional, toda vez que al no ser general tampoco resulta equitativo.
Precedentes
Tomo CXXIV, página 1421. Indice Alfabético. Amparo en revisión 3247/54. Inmuebles América, S. A. de C.V. 16 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Franco Carreño.
Tomo CXXIV, página 1421. Indice Alfabético. Amparo en revisión 3252/54. Inmobiliaria Comercial, S. A. 9 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Tomo CXXIV, página 1421. Indice Alfabético. Amparo en revisión 2592/54. Inmuebles Modernos, S. A. 2 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Tomo CXXIV, página 182. Amparo administrativo en revisión 3688/54. Fomento e Inversiones, S. A. 18 de abril de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.