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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317043
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 34
PENSIONES CIVILES DE RETIRO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 34
El carácter de pensionista no priva a éste del derecho de trabajar, ni podría hacerlo, porque esta prohibición sería violatoria de las garantías del artículo 4o. de la Constitución; de donde se desprende que el artículo 67 de la Ley de Pensiones sólo establece incompatibilidad del beneficio de la pensión con la remuneración que disfrute el pensionista, por comisión o empleo de carácter oficial.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4159/54. Alvarez Carvajal Manuel. 6 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Ponente: José Rivera Pérez Campos.