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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317047
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 44
REMOLQUE EN LOS PUERTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 44
Las operaciones de remolque facilitan el tráfico marítimo y garantizan la seguridad, tanto de las embarcaciones como de las obras portuarias, así como armonizan la libertad de trabajo entre quienes la ejercitan, de modo que éstos, al usarla, no hieran el derecho de los demás. Por tanto, como el Reglamento para el Servicio de Remolque en Aguas y Puertos Nacionales no impide sino reglamenta el libre tránsito, no es violatorio de garantías, pues precisamente la falta de reglamentación sería lo que realmente haría decaer la libertad de trabajo respecto al tráfico marítimo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4924/53. New York and Cuba Mail Steamship Co. y Línea Ward, S. A. 6 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Ponente: José Rivera Pérez Campos.