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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317049
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 44
REMOLQUE MARITIMO, FACULTADES DE LA SECRETARIA DE MARINA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 44
El artículo 7o. de la Ley de Secretarias de Estado atribuye a la Secretaría de Marina el despacho de los asuntos relacionados con el tráfico y la policía marítimos. Por tanto, como las disposiciones del Reglamento para el Servicio de Remolque en Aguas y Puertos Nacionales corresponden tanto al ramo de policía como al de tráfico mencionados, quedan abarcadas dentro de las atribuciones de la mencionada Secretaría.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. 4924/53. New York and Cuba Mail Steamship Co. y Línea Ward, S.A. 6 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Ponente: José Rivera Pérez Campos.