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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317119
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 786
POSESION DE PREDIOS AGRICOLAS, PRIVACION DE LA, SIN PREVIA AUDIENCIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 786
Acreditada debidamente la posesión de un predio agrícola y admitido por las responsables el acto desposesorio, la falta de la audiencia por sí sola es suficiente para otorgar el amparo, quedando a salvo los derechos del quejoso para que promueva lo que corresponda, cuando, subsanada la deficiencia constitucional que la falta de audiencia entraña, se dicte nueva resolución con los mismos o diversos fundamentos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3504/54. Augusto del Moral Iturbide. 10 de febrero de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.