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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317178
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1290
MULTAS, PRESCRIPCION DE LAS, EN MATERIA FISCAL (RECURSOS PREVIOS AL JUICIO FISCAL).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1290
Si en una demanda fiscal se asienta que estando prescrita la acción del Físico para exigir el pago del impuesto, también estaba prescrita la acción para sancionar a la actora imponiéndole la multa cuya nulidad reclama, el Tribunal Fiscal de la Federación estuvo en lo justo al sobreseer el juicio, porque como existe un recurso para solicitar la prescripción de un crédito, recurso que no se agotó y que establece al artículo 55 del Código Fiscal, es claro que también la multa, siendo accesoria de lo principal, corra la misma suerte, por lo que el actor debió haber hecho valer, ante la Procuraduría Fiscal, tanto la prescripción del crédito fiscal, como la de la multa impuesta que tuvo como base ese crédito.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4080/54. J. Arnoux y Cía. S. de R. L. 3 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.