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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317199
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1468
SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, DE INTERES PUBLICO Y DE CAPITAL VARIABLE (FACULTADES DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1468
Es bien claro que la Secretaría de Economía, en los términos del artículo 1o., de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, de Interés Público y de Capital variable, sólo tiene facultades para determinar si las actividades de la agrupación respectiva son o no de interés público, siendo por tanto, evidente que, si dicho requisito está satisfecho, cualquiera otra intervención realizada, sin facultades expresas de la Ley, por la Secretaría de Estado aludida, es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4036/54. Garzón y Villanueva Manuel y coags. 9 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.