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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317251
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2026
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES AL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2026
Tanto las empresas como los socios afectados con el impuesto sobre la renta, tienen expedito su derecho para hacer las deducciones otorgadas por la Ley y su Reglamento, y por lo mismo, no quedan en situación desventajosa en relación con los demás contribuyentes (artículos 128 y 129 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente).
Precedentes
Revisión fiscal 301/54. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (Compañía Industrial Nacional, S. A.). 30 de marzo de 1955. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.