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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317265
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2254
PERMISOS DE RUTA (FACULTADES DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2254
El artículo 11, transitorio, del Reglamento del Capítulo de Explotación de Caminos de la Ley de Vías Generales de Comunicación, no justifica la expedición de permisos en contra de mandatos expresos de la Ley y su Reglamento, sin que esté en el caso de que se interprete el Reglamento, ni se trate de dictarse una resolución de observancia general tendiente a su exacta aplicación.
Precedentes
Amparo Administrativo en revisión 1753/54. Sociedad Cooperativa de Trabajadores de Autotransportes México, Morelia, Guadalajara, S.C.L. 4 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.