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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317272
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 137
INFORME JUSTIFICADO DEFICIENTE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 137
Si el informe con justificación no se indica quién suscribe el estudio o dictamen en que se apoya la resolución denegatoria de una concesión minerocarbonífera, y aunque se expresa en la misma que el estudio de referencia fue aprobado por el Subsecretario de Economía, de la transcripción textual de la parte conducente del estudio o dictamen, no se sabe a ciencia cierta quién lo firmó, ni quién le dio su aprobación, pues no aparecen las firmas ni del dictaminador ni del funcionario que aprobó el dictamen, basta esta circunstancia para estimar que los actos reclamados no están justificados, y por tanto, procede otorgar el amparo.
Precedentes
Amparo Administrativo en revisión 4988/52. Garza Castro José María. 7 de octubre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Franco Carreño.