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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317289
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 409
COOPERACION, DERECHO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MORELOS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 409
Si la demanda de amparo combate los decretos reclamados, atacándolos de inconstitucionales, aunque el quejoso señale, a mayor abundamiento, como violados por las responsables, los propios preceptos de tales decretos, no debe entenderse esto como conformidad con los mismos, sino sólo como reclamación subsidiaria originada en el hecho de que las responsables, además de expedir decretos inconstitucionales, ni siquiera ajustaron sus actos a los mismos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1426/54. "Fraccionadora Morelense", S. A. 20 de octubre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: José Rivera Pérez Campos.