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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317296
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 567
COOPERACION EN RELACION CON LAS OBRAS REALIZADAS EN LA CALZADA DE GUADALUPE. INAPLICABILIDAD DEL DECRETO DE 18 DE FEBRERO DE 1935.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 567
Del estudio de este ordenamiento se llega a la conclusión de que el mismo, limitativamente, afecta y beneficia a los predios circunvecinos de la Plaza de Peralvillo, y por lo mismo, todo lo relativo a las obras realizadas a lo largo de la Calzada de Guadalupe, se rigen en la materia, por las disposiciones de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, vigente en la época en que se efectuaron las obras.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3687/54. Avila de Haro Isaura. 25 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.