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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317303
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 577
AFOROS, VIGENCIA DE LAS LISTAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 577
Rectificando su anterior criterio, que daba a las aforos una vigencia mensual, la Suprema Corte ha establecido, de manera definitiva, el criterio de que, en los términos del artículo 8o. del Reglamento del Comité de Aforos y Subsidios al Comercio Exterior, los aforos publicados fuera de la oportunidad prevista por esa disposición legal, si bien no pueden regir por el inmediato, si tienen vigencia para los sucesivos, hasta que no sean modificados.
Precedentes
Revisión fiscal 90/54. Dirección General de Aduanas, Aduana de Nuevo Laredo Tamaulipas, Secretaría de Hacienda y Crédito Público( Compañía Beneficiadora de Café, S. A.). 25 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.