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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317355
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1613
CERVEZA, IMPUESTO A LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1613
Si una sociedad ha actuado como comisionista en actividades de enajenación o venta exclusiva de cerveza está exenta del pago de cualquier contribución del Estado, que pudiera imponérsele por tal actividad, en virtud de la reserva expresa que la Constitución confiere para establecer impuestos de este carácter exclusivamente al Gobierno Federal, sin perjuicio que el Gobierno del Estado de Puebla pueda decretar dentro de sus atribuciones los impuestos generales que no determinen tasa diferencial.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 219/53. "López Sierra Hermanos", Sociedad en Nombre Colectivo. 3 de diciembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Ponente: Octavio Mendoza González.