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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317364
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1720
CABARETS, CANCELACION DE LICENCIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1720
Si las autoridades responsables no demostraron que para cancelar la licencia del cabaret propiedad del quejoso, dieron a éste oportunidad de ser oído en la investigación que ordena el artículo 25 del Reglamento de Cafés Cantantes o Cabarets y Salones de Baile, debe estimarse que infringieron en su perjuicio el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4498/54. Noriega P. Salustiano. 8 de diciembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.