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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1878
BAJA EN EL EJERCITO (AUXILIARES).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1878
En los términos del artículo 9o. del Decreto de treinta de diciembre de mil novecientos cuarenta y tres, los auxiliares y especialistas prestarán sus servicios en el Ejército mientras el Presidente de la República estime conveniente aprovechar sus servicios, y si el quejoso reingresó al Ejército con el carácter de auxiliar, en un Cuerpo de Policía Militar, su situación está regida por la norma anterior, y si su baja no ha sido decretada por acuerdo del Presidente de la República, debe concederse el amparo por lo que a tal baja se refiere, en virtud de que el acto reclamado no emanó de quien conforme a la Ley está facultado para dictarlo, sin que sean óbice las circunstancias de irregular ingreso del quejoso al Ejército, porque aun en el caso de que existieran, no por ello se legítima el desacato cometido en su perjuicio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 345/54. Vázquez Juárez Félix. 7 de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.