Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/317389
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317389
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 12
PRUEBA EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 12
La inspección ocular pedida para que recaiga sobre una fábrica o establecimiento, que señale la autoridad responsable, está condicionada al señalamiento que haga dicha responsable, y, si no lo hace, es obvio que la prueba no debe desahogarse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5598/51. Ibáñez Guadalajara Joaquín. 1o. de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.