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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317391
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 25
AGUAS (VEDA PARA PERFORACIONES EN BUSCA DE).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 25
Establecida una zona de veda para la perforación de pozos, por decreto publicado en el Diario Oficial, se requiere permiso expreso del Ejecutivo, expedido por conducto de la Secretaría de Recursos Hidráulicos, al tenor de lo dispuesto por el decreto publicado el veintinueve de octubre de mil novecientos cincuenta y dos; por lo cual, si no se cuenta con dicho permiso, no se puede legalmente proseguir la perforación iniciada de un pozo artesiano, ya que el interés general que rige e inspira el decreto aludido de veda, debe prevalecer sobre el interés particular.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4168/53. Mancera Rosalío. 1o. de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño.