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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317427
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 548
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 548
Aun cuando el Juez de Distrito haya acordado promociones diversas del presunto apoderado y representante del quejoso, como tratándose de cuestiones de personalidad, esta puede ser examinada de oficio por la Suprema Corte, sin que sea obstáculo que haya sido aceptada la revisión interpuesta, si quien la promueve carece de personalidad por ser persona tan sólo autorizada por el quejoso para oír notificaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 438/54. Comisariado Ejidal del Poblado de Acahuales, Municipio de Ayo el Chico, Jalisco. 21 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: José Rivera Pérez Campos.