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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 317430
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 555
IMPROCEDENCIA EN MATERIA FISCAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 555
Aun admitida la demanda de nulidad por el Tribunal Fiscal de la Federación, éste puede hasta en la propia audiencia volver a examinar la admisión de la misma y si concurren motivos de improcedencia que impidan el estudio del fondo del negocio, tales como presentación de la demanda extemporánea de la demanda y otras.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1199/54. Arriaga Vélez Luis G. y coags. 21 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: José Rivera Pérez Campos.